4933

Corresponde a Expte. Nº 65391/03

Visto:

Que la localidad de Dufaur no posee un escudo oficial que la identifique.

Que atento a ello la Delegación Municipal realiza en el transcurso del año próximo pasado un concurso sobre dicho tema.

Que de los trabajos presentados, el Jurado, integrado por Rodolfo Tisera (artista plástico), Emilse Penetta (arquitecta) y Norma Perera ( museóloga), teniendo en cuenta las pautas marcadas en el Reglamento, elige el trabajo presentado bajo el seudónimo de KAIAK, perteneciente a Magalí Balut.

Por ello EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

ARTICULO 1º: Declárese como Escudo Oficial para la localidad de Dufaur al realizado por Magalí Balut, DNI N° 29.945.199, el que corresponde a la siguiente descripción:

De forma muy significativa, tiene que ver con los orígenes franceses del pueblo.

Situado en el centro, se encuentran un conjunto de lazos que representan:

Rojo: Dufaur, la localidad más importante. Cuenta con la Delegación Municipal de Dufaur y el Destacamento Policial.

Naranja Oscuro: Colonia San Martín.

Naranja Claro: Colonia San Pedro.

La unión de los lazos representan la interrelación que existe entre estas tres localidades.

Los elementos que hacen a esta interrelación se encuentran expresados por los círculos:

Amarillo: representa la actividad agrícola. Las principales producciones: l trigo y el girasol.

Azul: la explotación ganadera y la actividad apícola.

Verde: la esperanza: la fe y el trabajo. pensando en el crecimiento y en nuevas alternativas como el turismo, donde tres localidades pequeñas tienen mucho para mostrar y ofrecer a la zona y a la región.

ARTICULO 2º: Felicítese a Magalí Balut y hágase entrega de una réplica del Escudo Oficial de Dufaur, realizado por el artista plástico Rodolfo Tisera.

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRES.

ORDENANZA Nº: 4933/03