4945
Corresponde a Expte. Nº 63105/01
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1º: Acéptase la donación ofrecida por los Señores JORGE OSVALDO LEONI y ALEJANDRA SIMONE, a favor de la Municipalidad de Saavedra ( Pigüe) del terreno ubicado en Circunscrpción I, Sección B, Manzana 11-a, Parcela 10, Partida Nº 10525, de la localidad de Saavedra.-
ARTICULO 2º: Condónanse las Tasas y Contribuciones de Mejoras Municipales que registre el inmueble citado en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º: Tal lo normado en la Ley 11622, el inmueble ingresado al Patrimonio Comunal será destinado a fines de solidaridad social.
ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.
ORDENANZA Nº: 4945/03