Aceptando donación de un terreno en Goyena.
image_print

Corresponde a Expte Nº 63.160/01.-

VISTO:

Que, Omar Alfredo Llull ofrece en carácter de Donación al Municipio el inmueble Partida Nº 1.483 de Goyena del cual es titular y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ordenanza Nº 4.915/03 el Municipio adhiere a la Ley 11.622/94 y su Decreto Reglamentario Nº 4.042/96 en el marco del Régimen de Consolidación del Dominio Inmobiliario con fines de Interés Social.-

Que, atento a lo establecido en los artículos 3º y 4º de la Ordenanza Nº 4.915/03.-

Que, es menester proceder al dictado del acto administrativo correspondiente.-

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

Para el partido de Saavedra

Artículo 1º: Acéptase la Donación ofrecida al Municipio por OMAR ALFREDO LLULL, D.N.I Nº 14.323.408, de la fracción de terreno ubicada en Goyena, designada según título como lote 2 de la manzana 27, ubicada catastralmente como Circunscripción VII, Sección C, Manzana 27, Parcela 10, Partida 1.483.-       .

Artículo 2º: Condonase las deudas que por tasas retributivas de servicios municipales afecte al inmueble indicado en el Artículo 1º de la presente, hasta la fecha de transferencia al dominio municipal.-

Artículo 3º: Tal lo normado en la Ley 11.622, el inmueble ingresado al patrimonio comunal será destinado a fines de solidaridad social.-

Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente Escritura traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno.-

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.-

ORDENANZA Nº 4.946/03.-