Modificación a la Ordenanza Anual Impositiva año 2003
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Corresponde a Expte. Nº 64827/02

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, Y LA ASAMBLEA DE MAYORES CONTRIBUYENTES SANCIONAN LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

ARTICULO 1º: Inclúyase en la Ordenanza General Impositiva y Fiscal Año 2003 en el Capítulo IX – Derechos de Oficina: -Solicitudes de Licencias de Conductor, el Inciso i): Previo a la solicitud de Licencia de Conductor  (original), renovación, duplicado y ampliación, el contribuyente deberá solicitar en la Oficina de Asesoría Letrada Municipal, un libre deuda de infracciones de tránsito en el Distrito.- En el caso de que el contribuyente registre deuda, ésta deberá ser cancelada. Caso contrario, la Licencia no será expedida.-

ARTICULO 2º: Inclúyase en la Ordenanza General Impositiva y fiscal Año 2003 en el Capítulo VI – Venta Ambulante, en el Art. 44, el Inciso k): Vendedor local de verdura, fruta, vinos: por día, por vendedor: $ 6,00; y el inciso l): Los incluídos en el inciso k), con vehículo: $ 10,00.-

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.

ORDENANZA Nº: 4948/03