Corresponde a Expte Nº 65.614/03.-
VISTO:
Que, Edmundo Domingo Marzialetti ofrece en carácter de Donación al Municipio el inmueble Partida Nº 12.499, del cual es titular, y;
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 4.915/03, el Municipio adhiere a la Ley 11.622/94 y su Decreto Reglamentario Nº 4.042/96 en el marco del Régimen de Consolidación del Dominio Inmobiliario con fines de Interés Social.-
Atento a lo establecido en los artículos 3º y 4º de la Ordenanza Nº 4.915/03.-
Que, es menester proceder al dictado del acto administrativo correspondiente.-
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
Para el partido de Saavedra
Artículo 1º: Acéptase la Donación ofrecida al Municipio por EDMUNDO DOMINGO MARZIALETTI, M.I. Nº 5.447.387, de la fracción de terreno ubicada en Saavedra, designada según plano 92-33-75, como Parcela 10 de la Manzana 12-b, ubicada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 12-b, Parcela 10, Partida 12.499.-
Artículo 2º: Condónanse las deudas que por tasas retributivas de servicios municipales, afecten al inmueble indicado en el Artículo 1º de la presente, hasta la fecha de transferencia al dominio municipal.-
Artículo 3º: Tal lo normado en la Ley 11.622, el inmueble ingresado al patrimonio comunal será destinado a fines de solidaridad social.-
Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente Escritura traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno.-
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
ORDENANZA Nº: 4.961/03.-