Corresponde a Expte. Nº 65.477/03.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1º: Convalídase el Convenio de Cooperación Institucional suscripto el 30 de Mayo de 2.003 entre la Municipalidad de Saavedra (Pigüé), representada por el Intendente Municipal Ruben Carlos Grenada y la Región Sanitaria I, representada por su Director Coordinador, Dr. Rodolfo Lópes, el que tiene por objeto la formación de médicos residentes en Medicina General su inserción laboral para la atención primaria de la salud, en un todo de acuerdo al que firmado por las partes corre agregado a fojas 1/3 y pasa a integrar parte de la presente; excluyéndose la Cláusula CUARTA del mismo.-
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
ORDENANZA Nº: 4.991/03.-