5000

Corresponde a Expte. Nº 65.917/03.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Autorízace al Departamento Ejecutivo la venta del inmueble ubicado según datos catastrales en Circunscripción III, Sección C, Manzana 31, Parcela 18, Partida 6.297, Espartillar, con las modificaciones que se detallan en los siguientes artículos.-

Artículo 2º: Será indispensable para proceder a la venta del terreno mencionado en el Artículo 1º, que tanto la suscripción del Boleto de Compra Venta, como la Escrituración del inmueble a enajenar, tengan indefectiblemente, la respectiva Ordenanza que autorice ambos actos jurídicos, emanada de este H.C.D.-

Artículo 3º: La venta prevista en ésta Ordenanza, será realizada bajo la metodología del Concurso de Precios u Oferta Bajo Sobre Cerrado; siendo la base del precio de venta, la tasación efectuada sobre el inmueble por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, y nunca podrá ser el mismo, inferior a dicha Tasación.-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

ORDENANZA Nº: 5.000/03.-