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Corresponde a Expte. Nº 65.590/03

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo la venta de los siguientes terrenos propiedad del Municipio cuyos datos catastrales son:

1.- Circunscripción III, Sección A, Manzana 22, Partida Nº 2.052.-

2.- Circunscripción III, Sección A, Manzana 12, Partida Nº 2.044.-

3.- Circunscripción III, Sección A, Manzana 27, Parcela 8, Partida Nº 5.254.-

4.- Circunscripción III, Sección A, Manzana 9, Parcela 2, Partida Nº 7.501.-

5.- Circunscripción III, Sección A, Manzana 41, Parcela 4, Partida Nº 2.330.-

6.- Circunscripción III, Sección A, Manzana 76, Parcela 5, Partida Nº 1.706.-

Artículo 2º: Será indispensable para proceder a la venta de los terrenos mencionados en el Artículo 1º, que tanto la suscripción del Boleto de Compra Venta, como la Escrituración de los inmuebles a enajenar, tengan indefectiblemente, la respectiva Ordenanza que autorice ambos actos jurídicos, emanada de este H.C.D.-

Artículo 3º: La venta prevista en ésta Ordenanza, será realizada bajo la metodología del Concurso de Precios u Oferta Bajo Sobre Cerrado; siendo la base del precio de venta, la tasación efectuada sobre los inmuebles por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, y nunca podrá ser el mismo, inferior a dicha Tasación.-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

ORDENANZA Nº: 5.012/03.