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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 65.614/03.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1: Aceptase la donación ofrecida al municipio por EDMUNDO MARZIALETTI, L.E. 5.447.387, de tres (3) lotes de terreno baldíos en Saavedra, ubicados catastralmente como:
- Circunscripción I – Sección B – Manzana 12-b – Parcela 1b – Partida 12.495.
- Circunscripción I – Sección B – Manzana 12-b – Parcela 1a – Partida 3.283.
- Circunscripción I – Sección B – Manzana 12-b – Parcela 11 – Partida 12.500.
Artículo 2º: Condonase las deudas que por tasas retributivas de servicios municipales afecten a los inmuebles indicados en el artículo 1º de la presente, hasta la fecha de transferencia al dominio municipal.
Artículo 3º: Tal lo normado en la Ley 11.622, el inmueble ingresado al patrimonio comunal será destinado a fines de solidaridad social.
Artículo 4º: Autorizase al departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente escritura traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
ORDENANZA Nº: 5.050/04.-