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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 5.842/04.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar la permuta de bienes inmuebles entre la Municipalidad del partido de Saavedra-Pigüé y Carlos Rodolfo Justo, ubicados en el ejido de la ciudad de Pigüé, Partido de Saavedra,  cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección F – Chacra  89 – Fracción III –  Parcela 17 – (Reserva Fiscal) y Circunscripción II – Sección F – Chacra  133 – Manzana 133g –  Parcela 8.-

Artículo 2º: Desafectase de reserva fiscal al inmueble que según Ley 9533 pertenece al dominio municipal y se identifica catastralmente como: Circunscripción II – Sección F – Chacra  89 – Fracción III –  Parcela 17 – surgida del plano 92-27-80.-

Artículo 3º: Carlos Rodolfo Justo entrega a la Municipalidad del partido de Saavedra-Pigüé una fracción de terreno designada según plano 92-19-85 como Parcela 8 de la Manzana 133g – Nomenclatura catastral: Circunscripción II – Sección F – Chacra  133 – Manzana 133g –  Parcela 8 la cual será destinada a reserva de Área Verde.-

Artículo 4º: La Municipalidad del Partido de Saavedra-Pigüé entrega a Carlos Rodolfo Justo una fracción de terreno designada según plano 92-27-80 como Parcela 17 de la Fracción III – Chacra 89 Nomenclatura catastral: Circunscripción II – Sección F – Chacra  89 – Fracción III –  Parcela 17.-

Artículo 5º: Los gastos de constitución de estado parcelario y de escrituración serán a cargo de Carlos Rodolfo Justo.-

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS  DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-

ORDENANZA Nº: 5.066/04.-