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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 5.842/04.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar la permuta de bienes inmuebles entre la Municipalidad del partido de Saavedra-Pigüé y Carlos Rodolfo Justo, ubicados en el ejido de la ciudad de Pigüé, Partido de Saavedra, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección F – Chacra 89 – Fracción III – Parcela 17 – (Reserva Fiscal) y Circunscripción II – Sección F – Chacra 133 – Manzana 133g – Parcela 8.-
Artículo 2º: Desafectase de reserva fiscal al inmueble que según Ley 9533 pertenece al dominio municipal y se identifica catastralmente como: Circunscripción II – Sección F – Chacra 89 – Fracción III – Parcela 17 – surgida del plano 92-27-80.-
Artículo 3º: Carlos Rodolfo Justo entrega a la Municipalidad del partido de Saavedra-Pigüé una fracción de terreno designada según plano 92-19-85 como Parcela 8 de la Manzana 133g – Nomenclatura catastral: Circunscripción II – Sección F – Chacra 133 – Manzana 133g – Parcela 8 la cual será destinada a reserva de Área Verde.-
Artículo 4º: La Municipalidad del Partido de Saavedra-Pigüé entrega a Carlos Rodolfo Justo una fracción de terreno designada según plano 92-27-80 como Parcela 17 de la Fracción III – Chacra 89 Nomenclatura catastral: Circunscripción II – Sección F – Chacra 89 – Fracción III – Parcela 17.-
Artículo 5º: Los gastos de constitución de estado parcelario y de escrituración serán a cargo de Carlos Rodolfo Justo.-
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
ORDENANZA Nº: 5.066/04.-