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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 66.721/04.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar un CONVENIO de Cooperación entre la Clínica Privada Pigüé y el Hospital Municipal de Pigüé, el que tiene por objeto optimizar las prestaciones médicas, quirúrgicas y métodos de diagnósticos entre ambas partes, y sus anexos con los valores acordados: tomografía axial computada (Anexo I), eco dopler color (Anexo II), mamografías (Anexo III), residuos patogénicos (Anexo IV), prestaciones de farmacia (Anexo V) en un todo de acuerdo al que firmado por las partes corre agregado a fojas 1 / 7 y pasa a integrar parte de la presente.-

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISIETE  DÍAS  DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-

ORDENANZA Nº: 5.127/04.-