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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 67.041/04.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1: Apruébase el proyecto de ordenanza obrante a foja 2/6 del presente expediente en forma general exceptuando los ítems:
I-1. Cultura y Turismo:
Bienes y Servicios:
Fiestas Publica , Agasajos y Recepciones oficiales .
III- 4 Construcción y conservación Vía Publica :
Bienes y Servicios:
233-01-01-02-02-00-00 Combustible y Lubricantes.
Artículo 2: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
ORDENANZA Nº: 5.150/05.-