Utilidad Publica y pago obligatorio Alumbrado Publico en Pigue
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 67.300/05.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

ARTICULO 1: Declárase de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos      frentistas, la obra “Alumbrado Público” en Pigüé, en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre calles Argentina y Brasil, entre Bras de Serviere y Canadá de Pigüé.-

ARTICULO 2º:Regístrese, Comuníquese Y Cumplido – Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS ONCE DÍAS  DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

ORDENANZA Nº: 5.165/05.-