5184

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6.005/05.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Y LA ASAMBLEA DE MAYORES CONTRIBUYENTES EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Apruébase el siguiente cuadro tarifarío de alumbrado publico para la Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos y otros Servicios  y Obras Publicas de Espartillar Ltda.

Tipo de alumbrado Cargo fijo Porcentaje

S/ Facturado neto

Iluminación a vapor de Sodio $2,90 22%

 

Iluminación a vapor de Mercurio $2,90 22%

 

Urbano Jubilados $2 19%

 

Urbano sin iluminación

 

——- 15%

 

Rural ——- 9%


Artículo 2º:
Modificase el Articulo 1º .Inciso 5 de la OrdenanzaNº5151/05.- quedando redactado de la siguiente manera .

INCISO 5 – ESPARTILLAR

  • Inmuebles edificados ( con prestación de servicio por parte de la Cooperativa Eléctrica Ltda. de Espartillar ):

Categoría de iluminación                         Cargo fijo             % s/energía   

  • Vapor de sodio $ 2,90                22%
  • Vapor de mercurio $ 2,90                22%
  • Urbano jubilados $ 2                    19%
  • Urbano sin iluminación —–                   15%
  • Rural —–                    9%

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

ORDENANZA Nº 5.184/05.-