CORRESPONDE A EXPTE. Nº 67.736/05.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Articulo 1º : Convalídase el acuerdo entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saavedra ( Pigüé), en el cual dicha Dirección pone al servicio del Municipio una Motoniveladora, con su respectivo operario, para realizar tareas en caminos de tierra de la Red Vial Provincial.-
Articulo 2º: Regístrese, Comuníquese y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
ORDENANZA Nº 5.188/05.-