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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 48.612/90.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Declárese de interés social la escrituración de los inmuebles                identificados como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-h, Parcela 4; Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-h, Parcela 8 y Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-b, Parcela 13 de la localidad de Pigüé cuya nomina es la siguiente:

1º) FERREROS, Fernando Ricardo, D.N.I. 20.046.839, la unidad habitacional designada como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-h, Parcela 4.-

2º) LIRIO, Oscar Nemesio, D.N.I. 12.057.410, la unidad habitacional designada como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-b, Parcela 13.-

3º) SARLINGA, Ricardo Luis, D.N.I. 13.617.778, la unidad habitacional designada como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-h, Parcela 8.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de la confección del Reglamento de Co-propiedad y del otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles descriptos en el artículo 1º.

Artículo 3º: Déjese establecido que la posesión real y efectiva de los inmuebles se otorgó con fecha 4 de Enero de 1991,  momento en que fueron entregadas las viviendas.-

Artículo 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de los inmuebles descriptos en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 54º y 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y constituir derecho real de hipoteca sobre el inmueble que corresponda a favor de la Municipalidad de Saavedra.-

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CINCO.

ORDENANZA Nº 5.192/05.-