Eximicion de tasa municipal a nuevas empresas.
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6.144/05.-

POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1:  Otórgase a todo comercio o empresa que se instale en el distrito el beneficio de exención de la Tasa de Seguridad e Higiene por el plazo de los tres primeros meses de inicio de actividad.

Artículo 2: Cumplido dicho plazo las empresas que se encuentran instaladas y permanecen en actividad, tendrán derecho de uso a una prorroga cuando cuenten con más de 8 empleados. Dicha prorroga será por dos meses.

Artículo 3: Toda persona física o jurídica que presente deudas en las Tasas Municipales, no logrará tener una nueva habilitación comercial por parte del Área de Inspección Municipal, hasta tanto no se salden las deudas existentes.

Artículo 4: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS  DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

ORDENANZA Nº 5228/05