5231

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 68.257/05.-

POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: – Establécese que los fondos que ingresen por la venta del inmueble identificado con la Partida Nº 12.122 sean afectados a la construcción de una pileta climatizada.

Artículo 2º: Créase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.005, la Partida de recursos afectados:

Venta de Activo Fijo:

0.2.3.4.             Venta Inmueble………$             150.750,00

                 Sub-total …………………….$ 150.750,00

Artículo 3º: Créase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.005, la Partida de recursos afectados:

FINALIDAD III: SERVICIOS URBANOS
PROGRAMA 7: PARQUES MUNICIPALES Y NATATORIOS

Trabajos Públicos

2.5.2.36.           Construcción pileta climatizada…… $       150.750,00

                                      Sub-total …………… …..$       150.750,00

Artículo 4º: – Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículo 3º, serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 2º

Artículo 5º: – Autorízase a la Contaduría Municipal a transferir el importe ingresado por el 50% de la operación de la cuenta Sin Afectación año 2.005 a la cuenta Con Afectación año 2.005.

ARTICULO Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SIETE DÍAS  DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

ORDENANZA Nº 5231/05