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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 68.257/05.-
POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1º: – Establécese que los fondos que ingresen por la venta del inmueble identificado con la Partida Nº 12.122 sean afectados a la construcción de una pileta climatizada.
Artículo 2º: Créase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.005, la Partida de recursos afectados:
Venta de Activo Fijo:
0.2.3.4. Venta Inmueble………$ 150.750,00
Sub-total …………………….$ 150.750,00
Artículo 3º: Créase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.005, la Partida de recursos afectados:
FINALIDAD III: SERVICIOS URBANOS
PROGRAMA 7: PARQUES MUNICIPALES Y NATATORIOS
Trabajos Públicos
2.5.2.36. Construcción pileta climatizada…… $ 150.750,00
Sub-total …………… …..$ 150.750,00
Artículo 4º: – Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículo 3º, serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 2º
Artículo 5º: – Autorízase a la Contaduría Municipal a transferir el importe ingresado por el 50% de la operación de la cuenta Sin Afectación año 2.005 a la cuenta Con Afectación año 2.005.
ARTICULO Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
ORDENANZA Nº 5231/05