5232
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 66.993/04.-
POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un CONTRATO DE COMODATO DE INMUEBLE con PIHUE GOLF por el cual el primero da en comodato al segundo y por el termino de cinco (5) años, una fracción del inmueble de su propiedad, identificado como lote 1, datos catastrales : Circunscripción II – Sección G – Chacra 231, Parcela 2, Partida 834, para el uso de la práctica de golf, en un todo de acuerdo al contrato que obra agregado a fs. 14 del presente.-
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir un CONTRATO DE COMODATO DE INMUEBLE con CENTRO CRIOLLO EL PEGUAL por el cual el primero da en comodato al segundo y por el termino de cinco (5) años, una fracción del inmueble de su propiedad, identificado como lote 2, datos catastrales : Circunscripción II – Sección G – Chacra 231, Parcela 2, Partida 834, para el uso de la práctica de destreza criolla, en un todo de acuerdo al contrato que obra agregado a fs. 15 del presente
ARTICULO 3: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
ORDENANZA Nº 5232/05