Creando el Puesto Sanitario en el distrito
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6.172/05.-

POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

ARTÍCULO 1º: Crease el Puesto Sanitario ( “Cabina Sanitaria”) del  Distrito de Saavedra, que tendrá  a su cargo el control de todos los productos alimenticios que ingresen al distrito para su expendio en el mismo.

ARTÍCULO  2º:La “Cabina Sanitaria ”funcionara en el ingreso a Pigüé por alguna de las dos avenidas, y en la ciudad de Saavedra en la ruta de acceso, debiéndose adecuar el espacio necesario sobre mano derecha(hacia el centro)de ambas ciudades.

ARTICULO 3º: La Dirección de Bromatologia a su cargo la redacción de la reglamentación que regirá el control dispuesto por el articulo 1º que se aplicara por decreto municipal.

ARTICULO 4º: El cumplimiento de la presente Ordenanza se efectuara a través de los funcionarios y personal de la dirección de bromatologia reasignandose a este sector del Municipio personal de Planta el cual deberá ser capacitado a fin de realizar su labor efectivamente.

ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese y cumplida archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIUN DÍAS  DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.

ORDENANZA Nº 5240/05