CORRESPONDE A EXPTE. Nº 68.453/06.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1º: Convalidase el CONTRATO, Acta Complementaria, Tasa de Incentivo y Acta Complementaria- Adicional por transmisión de la información, celebrado entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y pensionados, representado por el director Ejecutivo Local de la unidad de Gestión local V- Bahía Blanca, Sr. Federico Susbielles y el Hospital y Maternidad Municipal de Pigue “Dr. Adolfo Ducos, ”- La Red Prestacional –representado por el Intendente Municipal Rubén Carlos Grenada, el que tiene por objeto brindar las prestaciones medico asistenciales de I Nivel Médicos de Cabecera , a fin de brindar cobertura a los beneficiarios de El Instituto, en un todo de acuerdo al que firmado por las partes corre agregado a fs.1/11 y pasa a integrar parte de la presente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EL PRIMERO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-