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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 68.694/06.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIO ELÉCTRICO Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE PIGUE LTDA, con domicilio en calle Urquiza Nº 99 de Pigue, de dos (2) lotes en el Sector Industrial Planificado de Pigue: partidas 12696 y 12697, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: circunscripción II, Sección F, Fracción III, parcela 7ª y 8 a, con destino a Fab. De postes de Hormigón y de Columnas para alumbrado publico.
ARTICULO 2º: A partir de la fecha de promulgación de la presente ordenanza, se dispondrá de treinta (30) días corridos para la firma del correspondiente Contrato de Compra-Venta entre la Municipalidad y la Compradora. El incumplimiento del plazo fijado en el párrafo anterior dará derecho a la Municipalidad a declarar rescindida unilateralmente la venta.
ARTICULO 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-