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CORRESPONDE A EXPTE. 6241/06
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
Ordenanza
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1°: Condónase la deuda por tasas municipales a los inmuebles que tienen la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción II; Sección B; Manzana 149 Parcela 14 Partida 11795. Circunscripción II; Sección B; Manzana 149; Parcela 13; Partida 8669 y Circunscripción II Sección B; Fracción IV; Parcela 2; Partida 8668 cuyas inscripciones dominiales responden a las siguientes matricula la 10467,10468 y 6039 respectivamente.-
Articulo 2°: Se deja constancia que dichos predios serán transferido a la Dirección de Cultura y Educación para la construcción en el mismo de un Gimnasio Polideportivo Publico para el Centro de Educación Física N° 83 con asiento en nuestra ciudad, el cual reviste como entidad de Bien Publico.
Artículo 3° Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EL CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-