5278

CORRESPONDE A EXPTE. 6241/06

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

Ordenanza

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1°: Condónase la deuda por tasas municipales a los inmuebles que tienen la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción  II; Sección  B; Manzana  149 Parcela 14  Partida 11795. Circunscripción II;  Sección B; Manzana 149; Parcela 13; Partida  8669 y Circunscripción II Sección B; Fracción IV; Parcela 2; Partida 8668 cuyas inscripciones dominiales responden  a las siguientes matricula la 10467,10468 y 6039 respectivamente.-

Articulo 2°: Se deja constancia que dichos predios serán transferido a la Dirección de Cultura y Educación para la construcción en el mismo de un Gimnasio Polideportivo Publico para el Centro de Educación Física N° 83 con asiento en nuestra ciudad, el cual reviste como entidad de Bien Publico.

Artículo 3° Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EL CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.- 

ORDENANZA Nº 5.278/06.-