CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6.234/06
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1: Autorizase al Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Pigue a la construcción de un archivo teniendo en cuenta que este Cuerpo Deliberante tiene facultad de otorgar excepciones a lo dispuesto en la ordenanza vigente.
Articulo 2: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2006.-