Carteleria con croquis en cada ingreso a los cementerios del distrito.
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CORRESPONDE A EXPTE. 6272 /06

VISTO:

La necesidad de brindar un mejor servicio en cuanto a información se refiere, en los Cementerios del Distrito de Saavedra y,

CONSIDERANDO:

Que al ingresar por la entrada principal no se encuentra ninguna referencia que permita el rápido desplazamiento hacia los distintos sectores. Que el crecimiento del mismo hace que la búsqueda ocasione pérdida de tiempo.  Que esto se acentúa aún más para personas que no son de la localidad. Que es necesario instalar en el acceso principal un CROQUIS o DOMINIO CATASTRAL en donde se indique:

*Sección o cuadrícula.

* División o línea de sepulturas, ya sea horizontal o vertical.

* Sepulturas

Que a su vez se señalicen las secciones por medio de cartelerías indicativas. Que en el caso de la próxima ampliación del cementerio de Pigue, se implemente el mismo sistema de señalización. Que dicho croquis debe estar sobre algún material que fuera consistente y perdurable en el tiempo, como así también la pintura utilizada sea sintética. Que ubicado al margen del croquis se coloque un padrón de fallecidos por orden alfabético que facilitara la búsqueda. Que deberá aplicarse el mismo criterio para todos los cementerios del distrito Que todo ello redundará en beneficio de las personas que circulan por este lugar.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

Para el Partido de Saavedra

Artículo1º: Constrúyase en la entrada principal de los cementerios Municipales del distrito de Saavedra, un CROQUIS o DOMINIO CATASTRAL, en donde se indique: -*Sección o cuadrícula.

*División o línea de sepulturas, ya sea horizontal o vertical.

*Sepulturas.

Esta referencia permitirá el rápido desplazamiento hacia los distintos sectores.

Artículo 2º: Impleméntese el diseño de lo enunciado en el Artículo1º en un material resistente a las inclemencias del tiempo, utilizando para ello pintura acorde para tal fin.

Artículo 3º: Colóquese un Padrón de fallecidos por orden alfabético debidamente encuadernado para facilitar la búsqueda.

Artículo 4º A los fines establecidos en los Artículos 1º y 2º deberá utilizarse del Presupuesto de Gastos año 2.006. Finalidad III Servicios Urbanos. Programa 6. Cementerios.

Artículo 5º: Señalícese cada sector con carteles indicativos.

Artículo 6º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL ANO DOS MIL SEIS.-

ORDENANZA Nº 5330 /2006