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CORRESPONDE A EXPTE. 6236/06

VISTO: La necesidad de contar con un contralor y una imparcialidad  en la aplicación de sanciones y/o multas dispuestas en la Ley 8751/77 y código de transito Y

CONSIDERANDO:

                        –Que  en nuestro distrito cumple las funciones de Juez de Faltas el Intendente Municipal, implicando una tarea mayor para el mismo.

-Que, el funcionamiento del Juzgado de faltas permitirá descentralizar el  control de las faltas, contravenciones e infracciones .contempladas en el artículo 4bis de la ley 8751 y su modificatoria N° 11723.

-Que, existió un Proyecto  similar en el año     que no se ha puesto en ejercicio.

-Que, por las características y crecimiento del distrito resulta necesario la creación de este ente dentro de la estructura Municipal.

-Que, la existencia de un Juez de Faltas permitirá una mayor recaudación por la ejecución de multas y sanciones.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1°: Crease en jurisdicción del Partido de Saavedra y a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, el Juzgado Municipal de Faltas que funcionara de acuerdo al régimen y procedimiento establecidos en la Ley 8751 y sus modificatorias.-

Articulo 2º  El Departamento Ejecutivo determinará la organización y fecha de puesta en funcionamiento de dicho Juzgado previendo los recursos correspondiente en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2007.

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo procederá a la reglamentación de la presente Ordenanza  de acuerdo a las necesidades del Municipio.

Artículo 4°: El Juez de Faltas será designado de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley 8751/77 y modificatorias Ley 11723 En acuerdo con el Concejo Deliberante.

Artículo 5°:  °  Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL ANO DOS MIL SEIS.

ORDENANZA Nº 5340/2006