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  CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 6320/06.-

VISTO: La necesidad de ordenar y reglamentar el tránsito en un sector de la ciudad y,

CONSIDERANDO:

        Que es conveniente determinar y señalizar el tramo de la calle Belgrano entre Perú y Bras de Serviere.

Que en la actualidad este espacio es de circulación única, hacia el centro de la ciudad, en la misma dirección que la arteria Belgrano.

Que debido al incumplimiento de dicha norma pueden producirse muchos accidentes.

Que en ese sector circulan muchos ciclistas y peatones.

Que  es el paso obligado hacia el “Barrio Las Sierras”.

Que es urgente colocar cartelería al final de la calle Perú donde se indique  “PROHIBIDO AVANZAR”.

Que así mismo debiera estar: “CIRCULE CON PRECAUCION”, a fin de evitar excesos de velocidades al ingresar a ambas arterias: Belgrano y Bras de Serviere.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO1º: Colóquese la cartelería indicativa correspondiente a “PROHIBIDO AVANZAR” sobre Belgrano 1400 entre las calles Perú y Bras de Serviere.

ARTÍCULO 2º: Colóquese a modo de prevención de accidentes por exceso de velocidad un cartel de: “CIRCULE CON PRECAUCION”.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL ANO DOS MIL SEIS.-

ORDENANZA Nº 5348/2006