Donando terreno municipal.
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 69.003 /06.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1: Derogase la ordenanza Nro 5306,de fecha 16 de Agosto del 2006.

Artículo 2: Autorizase  la donación al “ ARZOBISPADO DE BAHÍA BLANCA “  de un terreno perteneciente a la Municipalidad de Saavedra (Pigüé) cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Cicunscripcion II, Sección B, Manzana 136b, Parcela 6, Partida Nº 13812, de la localidad de Pigüé.-

Artículo 3: Autorícese al Departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente escritura  traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno.

Artículo 4: Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.-

ORDENANZA NRO 5365/06