5389

CORRESPONDE A EXPTE. 69.315 /06

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

Para el Partido de Saavedra

ARTICULO 1: Dejase sin efecto la Ordenanza Nº 5338/2006 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 30 de Octubre del 2006.

ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a  la venta  a  ANTONIO JOSÉ MATEOS, con domicilio en  Juan Taux 525 de Espartillar DNI 14.532.707 de un (1) lote en el sector industrial planificado de Espartillar cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción: III, Sección C, Quinta 50, Parcela 3, Partida 876 – con una superficie de 2000 m2 con destino a construcción de un galpón para guardar maquinas agrícolas y taller.

ARTICULO 3º: A partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza se dispondrán de treinta (30) días corridos para la firma del correspondiente contrato de compra-venta entre la Municipalidad y los compradores. El incumplimiento del plazo fijado en el párrafo anterior dará derecho a la Municipalidad a declarar rescindida unilateralmente la venta.

ARTICULO 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE.

ORDENANZA Nº 5389 /2007