5403

ORRESPONDE A EXPTE. 70.118/2007

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:  Donase al Centro de Jubilados y Pensionados de Arroyo Corto con domicilio en Gosetti y Biga de Arroyo Corto una (1) cocina LONGVIE cuatro (4) hornallas Nro de Bien 7692 y una (1) heladera SIRAK 11 pies Nº de Bien 7702 desechadas de la Sala de Primeros Auxilios y Hogar de Ancianos “Virgen del Milagro” de esa localidad.

Artículo 2º:   Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

ORDENANZA Nº 5403/2007