5408

CORRESPONDE A EXPTE Nº 6421/2007.-

VISTO:

La imperiosa necesidad de realizar el traspaso de los terrenos cedidos por el Club Deportivo Argentino a la dirección General de Cultura y Educación, y:

CONSIDERANDO:

-Que los terrenos mencionados serán utilizados para la construcción de un Gimnasio Polideportivo para el desarrollo de las actividades del Centro de Educación Física.

-Que estas instalaciones serán de uso público, creándose un espacio comunitario de singulares características para el distrito.

-Que la condonación de estas deudas permitirá la escrituración de los mismos a nombre de la Provincia de Buenos Aires, por parte de la Escribanía General de Gobierno.

-Que, es necesario contar con mayor financiación para la concreción de la obra, por lo que esta condonación permitirá un mayor aprovechamiento de los mismos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y

HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTICULO1°: Condonase las deudas por conservación de la vía pública, Servicios Sanitarios, fondo permanente O.Públicas, Pavimento, Ampliación O.Gas y Vapor de sodio de  los inmuebles cuya nomenclatura catastral es. Circ. II Sec: B manzana 149 Parcela 14 partida 11795.  Circ. II Sección B, Fracción IV, Parcela 2, partida 8668/01 y Circ. II Sec B, manzana 149, parcela 13, partida Nº 8669, cuyas inscripciones domínales responden a las siguiente matrícula 10467,10468, 6039.

ARTICULO 2°: Se deja constancia que dichos predios serán transferidos a la Dirección de Cultura y Educación para la construcción en el mismo, de un Gimnasio Polideportivo Público para el funcionamiento del Centro de Educación Física N° 83  ente oficial el cual reviste como Entidad de Bien Público.

ARTICULO 3°: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS  NUEVE  DÍAS  DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.

ORDENANZA Nº 5408/2007