Calculo de Recursos y Presupuesto de gastos año 2008.
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.079/2007

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA.

Art. 1º           Fíjase en la suma de pesos TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 37.452.246,00) el Presupuesto General de Gastos para el año 2008. Se anexa a la presente la documentación emitida por Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Art. 2º           Estímase en la suma de pesos TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($37.452.246) el Cálculo de Recursos destinado a la financiación del Presupuesto de Gastos, de acuerdo a la programación de los recursos que surge del Formulario Nº 2 emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Art. 3º           Los saldos que arroje al cierre del Ejercicio la cuenta Recursos con Afectación, serán transferidos al Ejercicio 2008, incorporándolas al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo; correlativamente se ampliará el Presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos; en ambos casos se respetará el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y nuevos conceptos al Presupuesto de Gastos se efectuará respetando los nomencladores vigentes respectivos.-

Art. 4º           Apruébase el Cuadro de Recursos Humanos por categoría programática por cargos (Formulario nº 6) emitido por el Sistema R.A.F.A.M, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Art. 5º           Fíjase los Gastos de Representación para el Intendente Municipal en la suma mensual de Pesos QUINIENTOS ($500.00).-

Art. 6º           Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar en el Ejercicio 2008 la Bonificación por Antigüedad para todo el personal municipal en los porcentajes establecidos en el inciso b) del Artículo 19º) de la Ley 11757 y las demás bonificaciones actualmente vigentes o que el mismo determine por Decreto.-

Art. 7º           Modifícase el Art.6º de la Ordenanza nº 5211/05 el que quedará redactado de la siguiente manera: “El Fondo de Mejoramiento del Agua se constituirá con el producto del Dos por Ciento (2%) de los ingresos provenientes del Régimen de Coparticipación Provincial”.-

Art. 8º          Facúltase al Departamento Ejecutivo con carácter general, a realizar transferencias de créditos y creaciones de partidas en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, en los términos previstos en el Artículo 119º de la ley Orgánica Municipal.-

Art. 9º        Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

ORDENANZA Nº 5487/2007