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CORRESPONDE A EXPTE Nº 70.069/2007.-

VISTO:

Lo solicitado por el Señor Fernando Oliva, para la adquisición de tres lotes en la localidad de Dufaur, y:

CONSIDERANDO:

                                Que, el mencionado vecino cumplimento los requisitos solicitados desde este Cuerpo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:.Autorizase  la venta  de TRES (3) TERRENOS de propiedad municipal ubicados en la localidad de DUFAUR cuya nomenclatura  catastral es:

Circunscripción VI – Sección A – Manzana 12 – Parcela 14 –   Partida Nº 1858-14.

Circunscripción VI – Sección A – Manzana 12 – Parcela 15 –   Partida Nº 1858-15.

Circunscripción VI – Sección A – Manzana 12 – Parcela 16 –   Partida Nº 1858-16.

Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS  DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

ORDENANZA Nº 5517/2008