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CORRESPONDE A EXPTE Nº 70.069/2007.-
VISTO:
Lo solicitado por el Señor Fernando Oliva, para la adquisición de tres lotes en la localidad de Dufaur, y:
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado vecino cumplimento los requisitos solicitados desde este Cuerpo.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º:.Autorizase la venta de TRES (3) TERRENOS de propiedad municipal ubicados en la localidad de DUFAUR cuya nomenclatura catastral es:
Circunscripción VI – Sección A – Manzana 12 – Parcela 14 – Partida Nº 1858-14.
Circunscripción VI – Sección A – Manzana 12 – Parcela 15 – Partida Nº 1858-15.
Circunscripción VI – Sección A – Manzana 12 – Parcela 16 – Partida Nº 1858-16.
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 5517/2008