5527
CORRESPONDE A EXPTE Nº 70.815/2007.-
VISTO:
Lo solicitado por los Señores Ariel y Maximiliano Mazars, para la adquisición de un lote en el Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigue, y:
CONSIDERANDO:
Que, los mencionados vecinos se encuadran en los requisitos solicitados para acceder al S.I.P de Pigüé bajo la denominación de empresa de servicios;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º:.Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a ARIEL MAZARS Y MAXIMILIANO MAZARS, DNI Nº 24.494.622 Y DNI Nº 25.786.183 respectivamente, con domicilio en calle Namuncura 451 de Pigüé, de un (1) lote en el sector industrial planificado de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección F – Fracción VIII – Parcela 5 – Partida 12710/01 –con destino a Deposito y Venta de Leña, Carbón, Postes de Alambrados, Tranqueras, etc.-
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 5527/2008