CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.583/2008.
VISTO:
La solicitud presentada por el Club Deportivo Argentino, y:
CONSIDERANDO:
Que dicha institución se encuentra registrada como entidad de bien publico del distrito de Saavedra – Pigüé.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a donar al Club Deportivo Argentino, con domicilio en Leandro N. Alem 459 de la ciudad de Pigüé, el inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCIÓN II – SECCIÓN F – MANZANA 160f – PARCELA 12 – PARTIDA 10.042.-
Articulo 2º: Dese de baja del registro Patrimonial el bien mencionado en el Articulo 1º de la presente ordenanza.
Articulo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 5530/2008