5530

CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.583/2008.

VISTO:

La solicitud presentada por el Club Deportivo Argentino, y:

CONSIDERANDO:

Que dicha institución se encuentra registrada como entidad de bien publico del distrito de Saavedra – Pigüé.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a donar al Club Deportivo Argentino, con domicilio en Leandro N. Alem 459 de la ciudad de Pigüé, el inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCIÓN II – SECCIÓN F – MANZANA 160f – PARCELA 12 – PARTIDA  10.042.-

Articulo 2º:    Dese de baja del registro Patrimonial el bien mencionado en el Articulo 1º de la presente ordenanza.

Articulo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES  DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

ORDENANZA Nº 5530/2008