5558
CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.044/2007.-
VISTO:
Lo solicitado por los Señores Alejandro Emmanuel Conte y Cesar Mauro Schell, para la adquisición de un lote en el Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigüé, y:
CONSIDERANDO:
Que, los mencionados vecinos se encuadran en los requisitos solicitados para acceder al S.I.P. de Pigüé, bajo la denominación de Fabrica de Materiales Apícolas;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a ALEJANDRO EMMANUEL CONTE y CESAR MAURO SCHELL, DNI Nº 29.930.028 y DNI Nº 29.749.986 respectivamente, con domicilio en calle Alvear Nº 372 y Darwin Nº 58 de Pigüé, de un (1) lote en el sector industrial planificado de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección F – Fracción VII – Parcela 7 – Partida 12712 – con destino a Fabrica de Materiales Apícolas
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 5558/2008