5558

CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.044/2007.-

VISTO:

Lo solicitado por los Señores Alejandro Emmanuel Conte y Cesar Mauro Schell, para la adquisición de un lote en el Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigüé, y:

CONSIDERANDO:

Que, los mencionados vecinos se encuadran en los requisitos solicitados para acceder al S.I.P. de Pigüé, bajo la denominación de Fabrica de Materiales Apícolas;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo1º:  Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a ALEJANDRO EMMANUEL CONTE y CESAR MAURO SCHELL, DNI Nº 29.930.028 y DNI Nº 29.749.986 respectivamente, con domicilio en calle Alvear Nº 372 y Darwin Nº 58 de Pigüé, de un (1) lote en el sector industrial planificado de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección F – Fracción VII – Parcela 7 – Partida 12712 – con destino a Fabrica de Materiales Apícolas

Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO  DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

ORDENANZA Nº 5558/2008