5592

CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.977/2008.-

VISTO:

Lo solicitado por el Señor Lionel Alejandro Ringelmann, para la adquisición de un lote en el Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigüé, y:

CONSIDERANDO:

Que, él mencionado vecino se encuadran en los requisitos solicitados para acceder al S.I.P. de Pigüé, con destino a: Fabricación de Silos;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta Al Señor LIONEL ALEJANDRO RINGELMANN, DNI Nº 23.547.955 con domicilio en calle Montevideo Nº 182 de Pigüé, de un (1) lote en el sector industrial planificado de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección F – Fracción II – Parcela 15-a – Partida 12704,  con destino a: Fabricación de Silos.-

Articulo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

ORDENANZA Nº 5592/2008