5600
CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.827/2008.-
VISTO:
La solicitud presentada por el Delegado Municipal de la localidad de Saavedra, para la Reconversión del alumbrado publico en las calles Tucumán, Malvinas Argentinas y 12 de Octubre, de la mencionada ciudad.
CONSIDERANDO:
Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Delegación Municipal de Saavedra, no se presento ningún vecino en oposición.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas la obra “Reconversion del Alumbrado Publico en Saavedra” en las calles: TUCUMAN, entre Tte. Irigoin y Stinco.-
MALVINAS ARGENTINAS, entre Maipú y 25 de Mayo.-
12 DE OCTUBRE, entre Maipú y Capitán Estivariz.-
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 5600/2008