5600

CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.827/2008.-

VISTO:

La solicitud presentada por el Delegado Municipal de la localidad de Saavedra, para la Reconversión del alumbrado publico en las calles Tucumán, Malvinas Argentinas y 12 de Octubre, de la mencionada ciudad.

CONSIDERANDO:

Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Delegación Municipal de Saavedra, no se presento ningún vecino en oposición.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas la obra “Reconversion del Alumbrado Publico en Saavedra” en las calles: TUCUMAN,  entre Tte. Irigoin y Stinco.-

MALVINAS ARGENTINAS, entre Maipú y 25 de Mayo.-

12 DE OCTUBRE,  entre Maipú y Capitán Estivariz.-

Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIDOS  DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

ORDENANZA Nº 5600/2008