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CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.997/2008.-
VISTO:
La solicitud presentada desde el área de Obras y Servicios Públicos, sobre la construcción de cordón cuneta en la calle Tierra del Fuego, y
CONSIDERANDO:
Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º:. Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas la obra “Construcción Cordón Cuneta en Pigue” en los inmuebles baldíos o edificados, ubicados sobre calle Tierra del Fuego, sobre las manzanas 172 y 173, de la ciudad de Pigüé.-
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EL PRIMER DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 5619/2008