Comodato con Cooperativa Telefonica de Goyena
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 72.380 /08.-

VISTO:

El contrato de prestación de servicios, firmado entre el Señor Intendente Municipal y la Cooperativa Telefónica de Goyena Ltda., para el uso de la torre de una antena de propiedad de esta última,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Convalidase el Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y la Telefónica de Goyena Cooperativa de Comunicaciones Limitada, en la cual la Telefónica cede la parte de superficie de un mástil de su propiedad para la colocación de dos (2) equipos Canopy BH20 5.2 Ghz y un (1) equipo Canopy AP en 5.8 Ghz con antena omnindireccional para la distribución de la red de datos de la municipalidad de Saavedra – Pigüé.-

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

ORDENANZA Nº 5621 /2008