Reglamentando numeración calles de Pigue.
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 72.468 /08.- 

VISTO:

Que al día de la fecha, la numeración de las calles de la Zona denominada Residencial 3 (R3 p.), comprendida entre las calles: Rastreador Fournier, J.P. Casella, San Agustín y Córdoba del la ciudad de Pigüé; y de la Zona denominada Grandes Equipamientos Comerciales (GEC.p) comprendida entre las calles: San Agustín, J.P. Casella y Ruta Prov. Nº67 de la ciudad de Pigüé, no ha sido normalizada debidamente a causa de la constante subdivisión de las quintas que las conforman.

Que es incumbencia del Municipio, a través de la oficina de la Oficina de Catastro, la asignación de dicha numeración, y

 Considerando:

Que la altura de calle es un dato que completa la “Dirección Postal”, necesaria para infinidad de tareas como ser: trámites personales, repartición de correspondencia, completamiento de datos en la “base de datos Municipal”, asignación de servicios, etc.

Que es un dato imprescindible para la colocación de los medidores de gas. La empresa Camuzzi Gas Pampeano realiza diariamente consultas inquiriendo la ubicación  del inmueble al que se le habilitará el servicio.  Al carecer de la misma, la empresa debe de colocar una numeración provisora que, en muchas ocasiones,  produce inconvenientes y superposición de datos generando discrepancias con la numeración real.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: REGLAMÉNTESE, la numeración de las calles paralelas a J.P. Casella de la Zona denominada Residencial 3 (R3 p.), comprendida entre las calles: Rastreador Fournier, J.P. Casella, San Agustín y Córdoba; y de la Zona denominada Grandes Equipamientos Comerciales (GEC.p) comprendida entre las calles: San Agustín, J.P. Casella y Ruta Prov. Nº67; ambas de la ciudad de Pigüé.

Artículo 2º: La numeración será efectuada de la siguiente manera:  a)Asígnese a la calle Rastreador Fournier como origen de la numeración, en forma creciente en sentido Sur-Norte a todas las calles paralelas a J.P. Casella comprendidas dentro de las Zonas nombradas en el Artículo 1.

  1. b) El origen de la calle Córdoba, se establece a partir de la calle Luís Campos.
  2. c) Asígnese a la calle J.P. Casella como origen de la numeración, en forma creciente en sentido Este-Oeste a todas aquellas calles paralelas a Rastreador Fournier comprendidas dentro de las Zonas nombradas en el articulo 1º

Artículo 3º: Forma parte la presente Ordenanza el plano de las zonas reglamentadas, anexo a fojas 3 del presente expediente.

Artículo 4º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

ORDENANZA Nº 5623 /2008