5643
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 72.734 /09.-
VISTO:
El informe producido por el Secretario de Producción que corre agregado a fojas 1 del presente, en el cual manifiesta la situación de sequía extrema que afecta seriamente a las explotaciones agropecuarias y ganaderas ubicadas en los cuarteles VII ; VIII ; IX ; X y XI del Distrito de Saavedra – Pigüe
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Establécese por el año 2009 una bonificación del CINCUENTA POR CIENTO (50%) en la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, establecida en el articulo 102º de la Ordenanza Nº 5629/08 para aquellos contribuyentes cuyos predios se encuentren ubicados en los Cuarteles VII ; VIII ; IX ; X y XI.-
Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar reintegros o compensaciones de los importes percibidos en concepto de la 1º Cuota Bimestral o pago anual anticipado que pudieran representar un pago en exceso como consecuencia de la aplicación del articulo 1º de la presente Ordenanza.-
Artículo 3º: Al efecto de la implementación de la bonificación, se autoriza al Departamento Ejecutivo a prorrogar el vencimiento de la 1º Cuota Bimestral de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal correspondiente a los contribuyentes comprendidos en lo dispuesto en el artículo 1º de la presente.-
Artículo 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las Deducciones que resulten necesarias en el Calculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del presente ejercicio, para dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos 1º, 2º y 3º de la presente ordenanza.
Artículo 5º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
ORDENANZA Nº 5643 /2009