Plan de pago para deudores Programa REDES
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 72.536 /08.-

VISTO:

El Convenio suscripto con la Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación, por el cual el Municipio adhiere al Programa Regional de Emprendimientos Sociales – REDES –

Que se ha observado que beneficiarios de préstamos REDES otorgados por el Municipio para emprendimientos productivos, pese a la buena predisposición de pago, presentan dificultades en su devolución dentro de los plazos que establece el Programa.-

Y atento a que es necesario contar con un instrumento legal que contemple tal situación,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:   Facúltase a Rentas Municipal a realizar planes de pago por deudas que registren los contribuyentes en concepto de Préstamos Plan REDES (Programa Regional de Emprendimientos Sociales) y Repoblación Ovina, en las siguientes condiciones:

Contado: descuento del cuarenta por ciento (40%) en los intereses.

Pago en 3 cuotas: descuento del treinta y cinco por ciento (35%) en los intereses y aplicación del 0,5% de interés de financiamiento.

Pago en 6 cuotas: descuento del treinta por ciento (30%) en los intereses y aplicación del 0,5% de interés de financiamiento.

Pago en 12 cuotas: descuento del veinticinco por ciento (25%) en los intereses y aplicación del 0,5 % de interés de financiamiento.

Pago en 24 cuotas: descuento del veinte por ciento (20%) en los intereses y aplicación del 0,5% de interés de financiamiento.

Pago en 36 cuotas: descuento del quince por ciento (15%) en los intereses y aplicación del 0,5% de interés de financiamiento.

Pago en 48 cuotas: descuento del diez por ciento (10%) en los intereses y aplicación del 0,5% de interés de financiamiento.

Pago en 60 cuotas: aplicación del 0,5% de interés de financiamiento.

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5647 /2009