5665

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 72.903 /09.-

VISTO:

El llamado a licitación Nº 04/09, para la construcción de 34 viviendas en las localidades de Goyena, Dufaur y Colonia San Martín, y:

CONSIDERANDO:

Que, a la apertura de la misma se registró una sola oferta por debajo del presupuesto oficial y teniendo en cuenta lo establecido por el articulo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal,  a contratar a la empresa ORMAS INGENIERIA y CONSTRUCCIONES S.A. y WHALE PROPERTIES S.A. –UTE – con domicilio en Bolívar 547 – 1er Piso – Oficina 1 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la construcción de 34 viviendas: 22 (veintidós) en  Goyena, 8 (Ocho) en Dufaur y  4 (cuatro) en Colonia San Martin, según la oferta presentada en la licitación 04/09, de la Municipalidad del Partido de Saavedra – Pigüé.-

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5665 /2009