Adhiriendo a la Ley Provincial Nº 13976
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 73.052 /09.-

VISTO:

El Expediente nº 73052/09 por medio del cual se propicia la adhesión a la Ley N° 13976, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nacional N° 206/09 se crea el FONDO FEDERAL SOLIDARIO, destinado a financiar en las Provincias y los Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos y rurales.-

Que el mencionado Fondo se integrará con el treinta por ciento (30 %) de lo que se recaude por los derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados, estableciéndose la distribución entre las provincias que se adhieran.-

Que mediante Decreto 440/09 la provincia de Buenos Aires, adhirió al Decreto Nacional 206/09, creando el FONDO SOLIDARIO PROVINCIAL, y estipulando que los recursos que ingresen se mantendrán indisponibles hasta tanto la Honorable Legislatura Provincial establezca el criterio de distribución de los mismos.-

Que el Sr. Intendente Municipal firmo en el mes de Abril un convenio con el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, a través del cual adhirió al Decreto Provincial N° 440/09, comprometiéndose a sancionar las normas necesarias para la implementación del mismo.-

Que la provincia de Buenos Aires, a través de la Ley N° 13.976, adhirió al Decreto 206/09, fijando que el treinta por ciento (30 %) de dicho Fondo será distribuído entre los municipios en forma automática, según las pautas establecidas en la Ley N° 10559 y modificatorias.-

Que es exigencia de la mencionada Ley la adhesión de los municipios, asumiendo el compromiso de destinar los fondos recibidos de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° del Decreto Nacional N° 206/09.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:               Convalidase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saavedra (Pigue) y la provincia de Buenos Aires, representadas por el Sr. Intendente Municipal Ruben Carlos Grenada y el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires D.Daniel Osvaldo Scioli respectivamente, por medio del cual el Municipio adhiere al Decreto Provincial 440/09 creador del “Fondo Solidario Provincial”, el que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.-

Articulo 2º:               Adhiérase la Municipalidad de Saavedra (Pigue) a la Ley 13.976, mediante la cual la provincia adhiere al Decreto Nacional 206/09 -Fondo Federal Solidario-. Los fondos que se reciban serán destinados de acuerdo a las finalidades establecidas en el artículo 1° del Decreto Nacional N° 206/09. El Departamento Ejecutivo dictará todas las medidas necesarias que permitan dar cumplimiento a lo allí dispuesto.   

Articulo 3º:               Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a la Subsecretaría de Política y Coordinación Económica del Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires.

Artículo 4º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5668 /2009