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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 73.055 /09.-

VISTO:

Que la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley 13.927 ha adherido a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, modificada por la Ley Nº 26.363 y reglamentada según Decreto Nº 1716/08, considerando lo dispuesto en el Artículo 25º del citado Decreto por el cual se modifican los plazos de otorgamiento de las Licencias de Conductor.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:         Modifícase a partir del 1º de Junio de 2009 en el Capítulo IX – Derechos de Oficina de la Ordenanza General Impositiva y Fiscal vigente, el Artículo 54, Inciso 4) que quedará redactado de la siguiente manera:

4)  Solicitudes de:                                                               Enero-Junio Julio-Diciem.

  1. a) Instalación de surtidores en la vía pública ……… $ 67,00             $        77,00
  2. b) Bailes y festivales …………………………………. $ 12,00             $        14,00
  3. c) Licencia de conductor original a menores de edad

(validez 1 año) ……………………………………..    $           39,00             $        45,00

  1. d) Renovación licencia de conductor a menores de

edad (validez 3 años) ……………………………..    $           35,00             $        40,00

e)Licencia de conductor original a mayores de edad   $           83,00             $        95,00

  1. f) Renovación licencia de conductor a mayores de

edad (hasta 65 años – validez 5 años) ………….   $           56,00             $        65,00

  1. g) Renovación licencia de conductor a mayores de

65 años (validez 3 años) ……………………..……  $           41,00             $        47,00

  1. h) Renovación licencia de conductor a mayores de

70 años (validez 1 año) ……………………..……..   $           11,00             $        13,00

  1. i) Duplicado licencia de conductor …………………. $           35,00             $        40,00
  2. j) Ampliación licencia de conductor …………………  $           35,00             $        40,00
  3. k) Previo a la solicitud de la Licencia de Conductor (original, renovación, duplicado y/o ampliación), el contribuyente deberá solicitar en el Juzgado de Faltas Municipal un libre deuda de infracciones de tránsito en el Distrito. En el caso que el contribuyente registre deuda, ésta deberá ser cancelada, caso contrario la Licencia no será expedida.
  4. l) Exímase en un cincuenta por ciento (50 %) los gastos de expedición de Licencia de Conductor a todo agente que pertenezca al cuerpo activo de una Asociación de Bomberos Voluntarios con sede en el Distrito de Saavedra. Será requisito SINE QUA NON la pertenencia a la institución con al menos un (1) año de antigüedad, circunstancia que deberá ser acreditada en forma fehaciente.

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5669 /2009