5673
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6838/09.-
VISTO:
- La necesidad de designar un nombre a un barrio de la localidad de Pigüé y,:
CONSIDERANDO:
Que las familias que están edificando en este sector no cuentan con una identificación concreta.
Que es estrictamente necesaria la denominación del lugar y de las calles para la identificación del mismo
Que es responsabilidad de este cuerpo la denominación de los barrios del Distrito.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Impóngase con el nombre “LAS CORTADERAS” al barrio situado en la zona residencial 5 (RSP) según zonificación del plan de Ordenamiento Urbano y territorial del Partido de Saavedra Ordenanza 5570/08.
Articulo 2º: Denomínese con el nombre de “LAS RETAMAS”, a la calle compuesta por dos tramos, siendo el primero Diagonal a Chacabuco y el segundo tramo paralelo a la misma. Iniciándose con el numero Cero en la calle Chacabuco.
Articulo 3º: Denomínese con el nombre de “LOS CARDOS”, a la continuación de la calle Gaboto. Iniciándose con el número cero desde la calle Luis María Campo.
Articulo 4º: Denomínese con el nombre de “LOS JUNCOS”, a la calle sin nombre cuya traza es paralela a la calle Antártica Argentina. Iniciándose con el número cero en la calle Luis María Campo.
Articulo 5º: Denomínese con el nombre de “LAS VERBENAS”, a la calle sin nombre cuya traza es paralela a la calle Chacabuco y perpendicular a la calle Antártida Argentina. Iniciándose con el número cero en la prolongación de la calle Coronel Pringles.
Artículo 6º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
ORDENANZA Nº 5673 /2009