5673

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6838/09.-

VISTO:

  • La necesidad de designar un nombre a un barrio de la  localidad de Pigüé y,:

CONSIDERANDO:

Que las familias que están edificando en este sector no cuentan con una identificación   concreta.

Que es estrictamente necesaria la denominación del lugar y de las calles para la identificación del mismo

Que es responsabilidad de este cuerpo la denominación de los barrios del Distrito.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Impóngase con el nombre “LAS CORTADERAS” al barrio situado en la zona residencial 5 (RSP) según zonificación del plan de Ordenamiento Urbano y territorial del Partido de Saavedra Ordenanza 5570/08.

Articulo 2º:   Denomínese con el nombre de “LAS RETAMAS”, a la calle compuesta por dos tramos, siendo el primero Diagonal a Chacabuco y el segundo tramo paralelo a la misma. Iniciándose con  el numero Cero en la calle Chacabuco.

Articulo 3º:   Denomínese con el nombre de “LOS CARDOS”, a la continuación de la calle Gaboto. Iniciándose con  el número cero desde la calle Luis María Campo.

Articulo 4º:   Denomínese con el nombre de “LOS JUNCOS”, a la calle sin nombre cuya traza es paralela a la calle Antártica Argentina. Iniciándose con el número cero en la calle  Luis María Campo.

Articulo 5º:   Denomínese con el nombre de “LAS VERBENAS”, a la calle sin nombre cuya traza es paralela a la calle Chacabuco y perpendicular a la calle Antártida Argentina. Iniciándose con el número cero en la prolongación de la calle Coronel Pringles.

Artículo 6º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5673 /2009