Adhiriendo a la Ley Provincial Nº 13.230.
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 73.160/09.-

VISTO:

La información presentada ante este municipio para la adhesión del mismo a la Ley 13.230 y de acuerdo al Decreto 2697/2005 que reglamenta la aplicación del Código Alimentario Argentino en los municipios.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Adhiérase la Municipalidad de Saavedra (Pigüé) a la Ley Nº 13.230 – Código Alimentario Argentino.

Artículo 2º: Autorizase al Señor Intendente Municipal Rubén Carlos Grenada, en representación de la Municipalidad de Saavedra (Pigüé), a suscribir con los Señores Ministros de Salud, Dr. Claudio ZIN y de Asuntos Agrarios y Producción, Emilio MONZÓ, en representación de la Provincia de Buenos Aires, CONVENIO, en cumplimiento del Decreto 2697/05, que reglamenta la aplicación del Código Alimentario Argentino, en un todo de acuerdo al que corre agregado a fojas 11 del presente.-

Artículo 3º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5680/2009