5681

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 72.943/09.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 5653/09 en la cual se le designa el nombre LOS COLIBRIES a la calle sin nombre, ubicada entre Los Horneros y Peumahué, que subdivide a la Quinta con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción II, Sección C, Quinta 26, y:

CONSIDERANDO:

Que, dicha vía es propiedad privada, que forma parte de la Parcela 1ª de la Quinta 26.

Que, en las Planchetas Catastrales se encontraba asentada dicha vía, como calle publica.

Que, corroborando dichos datos con los planos de mensura y subdivisión, queda esclarecido que dicho camino es propiedad privada.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:  Deróguese el ARTICULO 3º de la Ordenanza Nº 5653/09 en el cual se designa el nombre de LOS COLIBRIES a la calle sin nombre, ubicada entre Los Horneros y Peumahué, que subdivide a la Quinta con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción II, Sección C, Quinta 26.

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5681/2009